Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
Fragmento 18
Sin embargo, no obstante lo expresado en el numeral precedente, no se puede soslayar el hecho de que desde el inicio de la investigación, ni en la presentación de la acusación, los recurrentes observaron las irregularidades anotadas y ahora demandadas, o sea que no formularon reclamo alguno sobre los actos ilegales que denuncian.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Ante denuncia de defectos absolutos en la tramitación del proceso penal, corresponde la interposición del incidente de nulidad
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR