Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció la lesión sus derechos al debido proceso, a la propiedad, a la defensa y a una resolución fundamentada, motivada y congruente; toda vez que, los Vocales demandados, sin una adecuada y sustanciosa fundamentación basada en los antecedentes y los hechos recurridos, declararon inadmisible su recurso planteado alternadamente a la reposición, anulando el Auto de 10 de agosto de 2017 y declarando ejecutoriado el Auto de 11 de julio de igual año, sin considerar que el proceso estaba viciado de nulidad al haber sido planteado solo contra Benjamín Díaz Olmos y no así contra su persona, ya que ambos se encontraban como propietarios del bien inmueble en litigio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- CONFIRMAR