SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0240/2019-S2
Fecha: 15-May-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Claudia Sabina Capriles Dávalos, su contra por la presunta comisión del delito de estafa, el 19 de julio de 2018, el Fiscal de Materia emitió Resolución de rechazo de querella, pero mediante Resolución Jerárquica de 27 de agosto de 2018, el Fiscal Departamental de La Paz, revocó señalando que deberían realizarse determinados actos investigativos, que hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa no se efectuaron.
El 27 de noviembre de 2018, la Jueza de Instrucción Penal Novena de la Capital del departamento de La Paz, notificó al Ministerio Público con el Auto de Conminatoria, otorgándole un plazo de cinco días para la presentación del acto conclusivo dentro de la etapa preliminar de acuerdo a lo establecido en el art. 301 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, desde la fecha de notificación con la conminatoria al Ministerio Público, han transcurrido nueve días hábiles y trece días calendario, sin que la Fiscal de Materia asignada al caso, hubiera presentado acto conclusivo dentro de plazo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo, podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- celeridad
- III.3. Las vacaciones judiciales colectivas y la suspensión de los plazos procesales y su incidencia en el cumplimiento de plazos del control jurisdiccional
- . Durante el periodo de vacaciones de los Tribunales Departamentales de Justicia, todo plazo en la tramitación de los juicios, quedará suspendido y continuará automáticamente a la iniciación de sus labores
- En tanto dure la vacación permanecerán en funciones uno o más juzgados públicos en las materias que fueren necesarias, para la atención de las causas
- no podrían acudir con su reclamo ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional, debido a las vacaciones
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- correctivo
- instructivo)
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho