Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
II.1.
II.1. A través de la nota presentada el 6 de septiembre de 2018, la accionante pidió a Josefina Paola Pinaya Gutiérrez, Presidenta del Concejo Municipal de Caracollo ahora autoridad demandada, solicitó emita respuesta a sus reiteradas solicitudes de informe respecto a las razones por las que desde el 3 de agosto del mismo año, se le ha impedido el ejercicio de sus funciones como Concejala titular de ese municipio (fs. 1).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2. Del derecho de acceso a la información
- i)
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADO
- omisión con la cual, las autoridades demandadas también conculcaron el derecho de acceso a la información, ya que conforme lo establecido por la SCP 1831/2012, el citado derecho se transgrede con la negativa de extensión de fotocopias simples o legalizadas, certificaciones e informes, que limitan el acceso de información del administrado para que pueda asumir defensa de acuerdo a los recursos previstos por ley, razones por las cuales corresponde conceder la tutela