Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S1
Fecha: 15-May-2019
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada, ordenando que se disponga su inmediata reincorporación laboral al cargo de Asesor Técnico de la Comisión de Desarrollo Económico Productivo Local Financiera y de Gestión Administrativa del Concejo del GAM de Sucre y la cancelación retroactiva de sus sueldos devengados; es decir, del 5 de junio de 2018 hasta la reincorporación al cargo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- La carencia de inamovilidad laboral en servidores públicos de libre nombramiento, tiene por finalidad garantizar la eficacia y eficiencia del servicio público, ya que las labores que desempeñan este tipo de funcionarios son de iniciativa, decisión y mando, por ello su duración en el cargo es temporal, y su retiro discrecional, aceptar lo contrario significaría afectar la gestión pública, pues se obligaría a una autoridad ejecutiva a reconocer en un puesto de libre nombramiento a personal que no cuenta con confianza o condiciones técnicas requeridas por la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), obligándole a asignar funciones de iniciativa, decisión y mando a personas que no cumplen con estas condiciones.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Sobre la incorporación de los trabajadores municipales a la Ley General del Trabajo
- se exceptúa a las servidoras públicas y los servidores públicos electos y de libre nombramiento, así como quienes en la estructura de cargos de los Gobiernos Autónomos Municipales, ocupen cargos de dirección, secretarías general y ejecutiva, jefatura, asesor y profesional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- Fragmento 20