Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2019-S1
Fecha: 22-May-2019
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
La impetrante de tutela considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, verdad material, legalidad, tipicidad, justicia y proporcionalidad, a la defensa, a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; y, al trabajo, incluyendo en audiencia, el derecho a la estabilidad laboral; citando al efecto los arts. 14.I, 46, 48, 49.II, 115.II, 119.II, 256 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Participación del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio
- III.3. Otras consideraciones