SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
1)
Lo desarrollado por la jurisprudencia citada supra, permite establecer de manera inequívoca que, para dar curso a una solicitud de emisión de mandamiento de libertad, emergente de una Resolución de Sobreseimiento, previamente se debe constar el cumplimiento de los siguientes actuados procesales: 1) Una vez que el Fiscal inferior presenta el sobreseimiento al Juez, ya sea como efecto de una impugnación o de oficio, deberá remitir dicho actuado dentro del plazo máximo de veinticuatro horas al Fiscal Departamental para su revisión, y la autoridad fiscal, o superior jerárquico, una vez recibido el sobreseimiento deberá emitir su resolución de ratificación o de revocatoria del mismo, indefectiblemente dentro de los cinco días siguientes; y, 2) Una vez transcurrido el lapso señalado, sin que el Fiscal Departamental se haya pronunciado en cualquiera de sus formas, el Juez a cargo del proceso, previa realización de una audiencia en la que se acredite el vencimiento del plazo previsto para emitir la resolución jerárquica, dispondrá la libertad inmediata del imputado sobreseído.
Consecuentemente en atención a estos presupuestos, corresponde tener presente que, para la emisión de un mandamiento de libertad, previamente debe probarse el vencimiento del plazo para que la autoridad de alzada emita resolución ya sea como efecto de una impugnación o en su caso en virtud a una revisión de oficio por no existir querellante, tal cual prevé el art. 324 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- concedieron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- III.
- ) Una vez que el Fiscal inferior presenta el sobreseimiento al juez, ya sea como efecto de una impugnación o de oficio, deberá remitir dicho actuado dentro del plazo máximo de veinticuatro horas al Fiscal Departamental para su revisión, y el Fiscal Departamental, o superior jerárquico
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- o,
- REVOCAR