Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
II.2.
II.2. Consta providencia de 25 de octubre de 2018, por la que la mencionada autoridad jurisdiccional refirió tener presente, pero que con carácter previo el Ministerio Público adjunte las correspondientes notificaciones a las partes e informe si es que dicha Resolución de Sobreseimiento fue impugnada o no, y de ser así la remisión de la misma ante el superior jerárquico a fin de su ratificatoria o revocatoria (fs. 34).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- concedieron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- III.
- ) Una vez que el Fiscal inferior presenta el sobreseimiento al juez, ya sea como efecto de una impugnación o de oficio, deberá remitir dicho actuado dentro del plazo máximo de veinticuatro horas al Fiscal Departamental para su revisión, y el Fiscal Departamental, o superior jerárquico
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- o,
- REVOCAR