SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

1)

Claudia Clara Estrada Callisaya, Malena Lenny Cazana Apaza y Lidia Claudia Coronel Blanco, Juezas Técnicas del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de         El Alto del departamento de La Paz, no se presentaron en audiencia de consideración de la presente acción de libertad; sin embargo, remitieron informe cursante a fs. 46, señalando que: 1) Se tramita el proceso penal, seguido por el Ministerio Público contra Nelson Rodríguez Flores, quién se encuentra con detención preventiva; 2) El 3 de octubre de 2018, se solicitó la cesación a la detención preventiva al tenor de lo previsto en el art. 239.2 y 3 del CPP, habiéndose decretado dentro de las veinticuatro horas, el traslado a las partes; y,   3) Se notificó al último de los querellantes el 16 de octubre de 2018, “…ante un  previo informe efectuado por la Central de Notificaciones, transcurrido tres días desde la última notificación; vale decir, el 16 de octubre de 2018, (17, 18, 19) siendo el 20 día sábado y 21 día domingo de 2018…” (sic), en cumplimiento a lo regulado en el art. 239, se emitió el Auto interlocutorio 825/2018, dentro de los plazos procesales, cumpliendo con las notificaciones a las partes.

   CONCEDER la tutela impetrada en la presente acción de libertad, bajo la modalidad innovativa, por constatarse demora innecesaria en el traslado con la solicitud efectuada por el accionante a las partes y en la emisión del Auto Interlocutorio que resolvía su solicitud de cesación de la detención preventiva, conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional. Sin disponer ninguna actuación; por cuanto, ya se pronunció el Auto Interlocutorio 825/2018, que resolvió la pretensión del accionante a través de la presente acción tutelar; y,