Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0261/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
Se presumirán verdaderos los hechos alegados en la petición
Se presumirán verdaderos los hechos alegados en la petición cuyas partes pertinentes hayan sido transmitidas al Estado en cuestión, si éste no suministra información relevante para controvertirlos dentro del plazo fijado por la Comisión conforme al artículo 37 del presente Reglamento, siempre que de otros elementos de convicción no resulte una conclusión contraria (las negrillas son nuestras).
- I.
- CONFIRMAR
- II.
- a)
- SCP 1478/2012 de 24 de septiembre
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 7
- tiene consecuencias jurídicas como es la fractura del Estado Constitucional de Derecho y la supresión del derecho a la jurisdicción o acceso a la justicia del afectado
- 1)
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- presten información y presenten los actuados concernientes al hecho denunciado
- el deber de cumplir con sus responsabilidades, observando los principios de compromiso, interés social y responsabilidad
- todo servidor público no sólo cuenta con la obligación de presentarse a la audiencia, sino presentar conjuntamente a su informe la prueba pertinente a la acción de libertad, de forma que no provoque que el juez o tribunal de garantías e incluso este propio Tribunal emitan fallos sobre prueba incierta o basados únicamente en presunciones
- cuya decisión debe regirse por el principio de inmediación -contacto directo entre el juez, las pruebas y las partes-
- SC
- en ese caso, el silencio del recurrido será considerado como confesión de haber cometido el hecho ilegal o indebido denunciado en el recurso
- pues de no hacerlo se presume la veracidad de los mismos
- Se presumirán verdaderos los hechos alegados en la petición
- se aplicará la
- II.6. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- en consecuencia, la SCP 0261/2019-S2, sobre la base de los fundamentos jurídicos de este Voto Disidente, debió realizar el siguiente análisis del caso concreto:
- Fragmento 25
- es evidente que se encontraba en posesión pública, pacífica e ininterrumpida desde su adquisición, tal como se desprende del contenido de la cláusula cuarta del citado documento privado
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADA
- Fragmento 29
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas