cuando no tengan duda sobre su constitucionalidad
Efectivamente, en el marco del Estado Constitucional de Derecho -a diferencia del Estado legislado de Derecho- las y los jueces tienen una labor crítica y deben aplicar con preferencia, las normas constitucionales y del bloque de constitucionalidad; contrastar permanentemente las disposiciones legales con la Norma Suprema, y sólo aplicarlas cuando no tengan duda sobre su constitucionalidad; pues, caso contrario, tienen la obligación de otorgarle una interpretación que sea conforme con las normas constitucionales y del bloque de constitucionalidad o, en su caso formular, de oficio, la acción de inconstitucionalidad concreta.
- Partes: Carla Lorena Noe Semo Vda. de Ávila
- a)
- en tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional no declare su inconstitucionalidad’
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- 1)
- cuando no tengan duda sobre su constitucionalidad
- se debió haber ingresado al análisis de fondo de la acción de inconstitucionalidad concreta
