cuando no tengan duda sobre su constitucionalidad

Efectivamente, en el marco del Estado Constitucional de Derecho -a diferencia del Estado legislado de Derecho- las y los jueces tienen una labor crítica y deben aplicar con preferencia, las normas constitucionales y del bloque de constitucionalidad; contrastar permanentemente las disposiciones legales con la  Norma Suprema, y sólo aplicarlas cuando no tengan duda sobre su constitucionalidad; pues, caso contrario, tienen la obligación de otorgarle una interpretación que sea conforme con las normas constitucionales y del bloque de constitucionalidad o, en su caso formular, de oficio, la acción de inconstitucionalidad concreta.