AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2019-CA

Fecha: 24-Jun-2019

rechazó

En consulta la Resolución Ejecutiva G.A.M.V. 22/19 de 6 de junio de 2019, cursante de fs. 17 a 23, pronunciada por la Alcaldesa a.i. del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto del departamento de Cochabamba, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) La Ley Municipal 164/2018 de 14 de noviembre, aprobó la delimitación del área urbana respecto del lugar Polígono 2 Serranía de Cota, en merito a las facultades conferidas por los arts. 26.12 y 16.11 de la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales (LGAM) -Ley 482 de 9 de enero de 2014-; 10 al 14 del Decreto Supremo (DS ) 2960 de 23 de octubre de 2016; 7 y 16 del DS 2866 de 8 de agosto de 2016; y, 16 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez" (LMAD) -Ley 031 de 19 de julio de 2010-, referido al "Ejercicio de la Autonomía"; b) La emisión de las leyes municipales es competencia del Órgano Legislativo y los Decretos Reglamentarios del Ejecutivo, por lo que el Gobierno Autónomo Municipal de Vinto al dictar el Decreto 05/2019 de 18 de febrero, actuó dentro de sus atribuciones y competencias; c) El trámite de delimitación del área urbana de Vinto, lugar “Polígono 2 Serranía de Cota”, siguió un procedimiento; sin embargo, al dictarse el decreto municipal referido, no se presentó recurso alguno ni mucho menos se pidió su reconsideración dentro los plazos que establece la Ley Municipal del Ejercicio Legislativo y Ordenamiento Normativo Municipal “01/2014”, al contrario ahora se pretende subsanar esa omisión, forzando una acción de inconstitucionalidad concreta; y, d) El Decreto Municipal 05/2018, es el Reglamento de la Ley Municipal 164/2018, el cual al no haber sido cuestionado o interpuesto recurso alguno contra el mismo, se encuentra ejecutoriado, lo cual en materia administrativa vendría a ser un equivalente a la ejecutoria de la sentencia.