AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2019-RCA

Fecha: 10-Jun-2019

improcedencia

La Sala Constitucional Primera del departamento de Chuquisaca, con la convocatoria a la Vocal de Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Resolución de 72/2019 de 17 de mayo, cursante a fs. 610 y vta., declaró la improcedencia de la acción por inmediatez, ya que desde la notificación con el AS 955/2018, practicada el 5 de octubre de 2018, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, 2 de mayo de 2019, transcurrieron más de los seis meses establecidos por el art. 53.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo).

Con dicha Resolución, el accionante fue notificado el 20 de mayo del indicado año (fs. 611) habiendo presentado a través de su representante legal memorial de impugnación el 22 de mayo del mismo año (fs. 613 y vta.), dentro del plazo otorgado por el art. 30.I.2 del CPCo. Ante el informe del Secretario de la Sala de 23 de mayo de 2019, respecto del error de taipeo de consignar 5 de marzo, en lugar de 5 de abril del referido año, siendo subsanado por Auto 156/2019 de 23 de mayo, dejando constancia que el plazo de vencimiento de los seis meses para presentar la acción de amparo constitucional vencía el 5 de abril de 2019 y no el 5 de marzo del indicado año, como se consignó erróneamente (fs. 614 a 615).