ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0427/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0427/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

a)

El peticionante de tutela puntualizó los hechos relevantes de su acción de amparo constitucional y a través de su abogada, a tiempo de ratificarse en los términos de la acción, agregó los siguientes aspectos: a) No obstante haber agotado los recursos en sede administrativa, aclaró que los instrumentos internacionales expresan que ni siquiera es necesario agotar los recursos, cuando se trata del derecho a la salud, que en su caso, va deteriorándose; b) El SIN aparentando predisposición a colaborar con el impetrante de tutela y posibilitar su readaptación ocupacional, envió a la Caja Petrolera de Salud (CPS), una carta requiriendo informe sobre su estado de salud; sin embargo, una vez devuelto el informe elaborado por la médica laboral Angélica Jiménez, procedió a su destitución, ignorando las recomendaciones del citado informe que concluye en la discapacidad parcial del peticionante de tutela. Por lo expuesto, solicita se le conceda la tutela, se ordene la restitución de su fuente laboral, el reconocimiento de sus haberes devengados y demás derechos sociales, en tanto obtenga el certificado único de discapacidad.  I.2.2. Informe de la autoridad demandada