PLURINACIONAL 0226/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0226/2019-S3

Fecha: 19-Jun-2019

III.3. Otras consideraciones

En el presente caso en revisión, es necesario referirse al tiempo que comprende entre la emisión de la Resolución 14/18 de 30 de octubre de 2018, y la recepción del expediente en este Tribunal, efectivizada el 3 de enero de 2019; evidenciándose que el envío efectuado por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, se realizó el 2 de igual mes y año conforme la boleta del servicio de courier cursante a fs. 30; siendo que desde el pronunciamiento de la aludida Resolución hasta la remisión del expediente ante este Tribunal, transcurrieron más de dos meses; es decir, con posterioridad al plazo de veinticuatro horas previsto en los arts. 126.IV de la Constitución Política del Estado (CPE) y 38 del Código Procesal Constitucional (CPCo); razón por la cual corresponde llamar la atención al Tribunal de garantías por la dilación advertida, a objeto que en futuras actuaciones cumplan con los plazos procesales establecidos en la norma.