Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Erika Efigenia Alanoca Quispe, secretaria del Juzgado de Ejecución Penal Segundo del departamento de La Paz, por informe presentado el 11 de enero de 2019, cursante a fs. 12, señaló que, luego de ser buscado el codemandado –Jhonny Chinche Plata–, por funcionarios de su Juzgado, manifestaron que no es secretario del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer del mismo departamento, información dada por el Secretario que cumple la suplencia legal por el secretario –Efraín García Huayta–.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza y tramitación de la apelación incidental a la detención preventiva
- de esta forma debe existir una flexibilización en la acción de libertad en el marco del principio de informalismo, así garantizando un amplio abanico de protección eficaz al derecho de libertad
- la acción referida se dirige, por error, contra una autoridad diferente a la que causó la lesión, pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, es posible conceder la tutela, si se verificase lesión al derecho a la libertad personal
- III.4.
- REVOCAR