Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2019-S1
Fecha: 06-Jun-2019
I.2.1.
Los peticionantes de tutela no se hicieron presentes a la audiencia, solo compareció su abogado quien manifestó que el objetivo de la presente acción de defensa era lograr la remisión del expediente al juzgado de turno, habiéndose cumplido con ese cometido, no realizaría mayor fundamentación porque no correspondería.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.1.
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR