Sentencia Constitucional Plurinacional 0340/2019-S1 de 5 de junio
Fecha: 05-Jun-2019
CONFIRMAR
Bajo esos fundamentos, en la parte resolutiva de la Sentencia 0340/2019-S1 de 5 de junio, debió CONFIRMAR parcialmente la Resolución AC 14/2018 de 16 de noviembre, cursante de fs. 271 a 273, pronunciada por la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia CONCEDER en parte la tutela solicitada, por la vulneración de los derechos al debido proceso, a la defensa y a la impugnación, dejando sin efecto la Resolución 001/2018 de 10 de enero y –por ende- la 216/2018 de 11 de julio, debiendo iniciarse un debido proceso legal; es decir, de acuerdo a la Norma Suprema y normativa legal vigente, donde se dilucide si corresponde la aplicación de la sanción de veto universitario al accionante y DENEGAR la tutela, por el derecho a la igualdad.
- CONFIRMAR en parte
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- la sujeción y subordinación de los actos, decisiones y resoluciones de gobernantes y gobernados, a las normas previstas por la Constitución y las leyes, en vigencia de un Estado de Derecho, no puede sustraer la actividad de la Universidad, ni siquiera en resguardo de la autonomía universitaria que les rige, por cuanto, ésta encuentra sus límites, justamente, en el orden constitucional y legal establecido
- los límites que impone el orden constitucional en vigencia de un Estado de Derecho a la autonomía universitaria, tiene particular trascendencia cuando una universidad regula y aplica un régimen de responsabilidad universitaria
- II.2. Del derecho a la defensa en sede administrativa
- comprende la potestad de ser escuchado presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo (derecho a la defensa)
- II.3. Lo resuelto por la SCP 0340/2019-S1 de 5 de junio
- II.4. Análisis del caso concreto
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