SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2019-S1

Fecha: 05-Jun-2019

concedió la tutela

La Jueza de Sentencia Penal Quinta del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/2019 de 8 de enero, cursante de     fs. 54 a 55 vta., concedió la tutela,  bajo los siguientes fundamentos: i) El 29 de octubre de 2018 se llevó a cabo la audiencia de cesación de la detención preventiva solicitada por el ahora accionante, misma que concluyó con la emisión de la Resolución 169/2018 de 29 de octubre; ii) Al finalizar la audiencia se formuló el recurso de apelación incidental de forma oral, solicitando la remisión de antecedentes al superior en grado; iii) Desde la de emisión de la Resolución 169/2018, hasta la remisión del expediente a Plataforma de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -3 de diciembre- el Tribunal ahora demandado vino tramitando distintos planteamientos como apelaciones y sus respuestas en contra de la Resolución antes referida, solicitudes de cesación de la detención preventiva y otras actuaciones procesales; iv) Como efecto de la vacación judicial el proceso fue remitido el 3 de diciembre de 2018 ante el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del referido departamento, donde las partes continuaron presentando distintos memoriales. Ante dicho Tribunal el impetrante de tutela mediante memorial de 10 de diciembre del citado año, solicitó se remita el legajo de su apelación, el cual fue deferido mediante providencia de 11 de diciembre de igual año, disponiendo el envío de la Resolución de 5 de noviembre del mismo año; v) El 19 de diciembre de 2018, la Secretaria Abogada del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz  informó que no cursa en el proceso la resolución de 5 de noviembre de 2018; vi) Consta en el proceso copia del oficio de remisión del legajo de apelación contra la Resolución 169/2018, audiencia verificada el 29 de octubre de 2018, así como el cargo de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justica de La Paz de 31 de diciembre de 2018 a horas 15:51, encontrándose desde entonces en la referida Sala; y, vii) La jurisprudencia constitucional estableció que en aquellos casos cuyos procesos cuenten con muchos procesados, varios “cuerpos”, etc., el plazo para la remisión del recurso de apelación se ampliará de tres días a cinco días, en el presente caso se advierte que la audiencia se celebró el 29 de octubre de 2018, y desde entonces transcurrió más de treinta días sin cumplir con la remisión del legajo de apelación y desde el 3 de diciembre de 2018 al 31 de similar mes y año, transcurrieron más de veintisiete días pese a que el proceso penal ya no se encontraba a cargo del Tribunal de origen, de igual forma demoró dicha remisión, afectando evidentemente los intereses del hoy peticionante de tutela, quien requiere una pronta respuesta.