Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2019-S1
Fecha: 05-Jun-2019
II.3.
II.3. Daniela Pamela Yampassi Berrocal, Secretaria Abogada del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, mediante Informe de 19 de diciembre de 2018, dio a conocer al Juez Técnico del citado Tribunal que, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Claudina Yanarico Quispe y otros, no cursa la “Resolución de 05/11/2018” (sic), encontrándose acta de consideración de cesación a la detención preventiva de la referida fecha de fs. 4109 a 4112 del expediente original (fs. 47).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió la tutela
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- La sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, deviene por la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron su activación; o porque la violación o amenaza de lesión del derecho ha cesado; ante lo cual, el hecho denunciado dejó de vulnerar las garantías o derechos constitucionales; debido al cumplimiento del acto reclamado con su consecuente restitución
- el objeto procesal constituye el elemento sustancial a ser resuelto por la jurisdicción constitucional; en tal sentido, ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal -en acción de libertad-; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión,
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- REVOCAR