Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2019-S4
Fecha: 12-Jun-2019
II.4.
II.4. A través de la Circular complementaria de la vacación colectiva 18/2018-SP-TDJLP, de 6 de noviembre de 2018, en el acápite tercero se dejó sin efecto el punto 3 de la Circular 17/2018-SP-TDJLP, con relación a la suspensión de mandamientos en el área de familia, debiendo continuar con su ejecución conforme lo dispuso la SCP 0203/2018 de 22 de mayo (fs. 14 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2.
- Juez de turno en materia familiar designado durante la aludida vacación, que es el encargado de ejercer el control jurisdiccional del proceso
- CONFIRMAR