SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2019-S4

Fecha: 13-Jun-2019

ninguna autoridad ni el Ministerio Público y menos la Policía Nacional, están facultados para calificar de correcta o incorrecta la conducta de un juez o tribunal de garantías, a quienes les está reservada la facultad privativa de compulsar y valorar las pruebas aportada en los recursos que son de su conocimiento sobre las cuales fundara su decisión con absoluta independencia judicial…Por tanto ningún juez o Tribunal de garantáis puede ser sometido directamente a una acción penal por las resoluciones que emita dentro de acciones tutelares, sin que previamente el Tribunal constitucional proceda a revisar el fallo de origen y sin que existan elementos de convicción sobre su actuación dolosa y culposa

Por lo expuesto, alegaron que la causa penal abierta en contra suya se configura como una persecución penal ilegal e indebida, que atenta el principio de independencia judicial y menoscabó su derecho a la libertad; además, los Fiscales demandados omitieron el cumplimiento de la SC 1077/2006-R de 30 de octubre, que establece que: “…ninguna autoridad ni el Ministerio Público y menos la Policía Nacional, están facultados para calificar de correcta o incorrecta la conducta de un juez o tribunal de garantías, a quienes les está reservada la facultad privativa de compulsar y valorar las pruebas aportada en los recursos que son de su conocimiento sobre las cuales fundara su decisión con absoluta independencia judicial…Por tanto ningún juez o Tribunal de garantáis puede ser sometido directamente a una acción penal por las resoluciones que emita dentro de acciones tutelares, sin que previamente el Tribunal constitucional proceda a revisar el fallo de origen y sin que existan elementos de convicción sobre su actuación dolosa y culposa….” .