Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2019-S2
Fecha: 14-Jun-2019
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Alega la lesión de sus derechos al trabajo, a la propiedad, al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia y a ser oído; citando al efecto los arts. 9.5, 46, 56, 115.II, 116.I, 117.I, 119.II y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 y 25.I de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 7, 10, 17 y 23.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la parte demandada
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II
- III.1. El derecho al debido proceso
- los elementos que componen al debido proceso son el derecho a un proceso público; derecho al juez natural; derecho a la igualdad procesal de las partes; derecho a no declarar contra si mismo; garantía de presunción de inocencia; derecho a la comunicación previa de la acusación; derecho a la defensa material y técnica; concesión al inculpado del tiempo y los medios para su defensa; derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas; derecho a la congruencia entre acusación y condena; el principio del non bis in idem; derecho a la valoración razonable de la prueba; derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- III.2. Análisis del caso concreto
- C