Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2019-S2
Fecha: 14-Jun-2019
II.3.
II.3. Mediante memorial de 10 de agosto de 2018 dirigido al Presidente de la Asociación de Transporte Mixto “Puente San Pablo”, Néstor Colque Condori, solicitó que apruebe, rechace u observe la rendición de cuentas que presentó; asimismo, se convoque a Asamblea General, esto a efectos de que cese la suspensión impuesta en su contra (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la parte demandada
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II
- III.1. El derecho al debido proceso
- los elementos que componen al debido proceso son el derecho a un proceso público; derecho al juez natural; derecho a la igualdad procesal de las partes; derecho a no declarar contra si mismo; garantía de presunción de inocencia; derecho a la comunicación previa de la acusación; derecho a la defensa material y técnica; concesión al inculpado del tiempo y los medios para su defensa; derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas; derecho a la congruencia entre acusación y condena; el principio del non bis in idem; derecho a la valoración razonable de la prueba; derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- III.2. Análisis del caso concreto
- C