SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

a)

Arguyeron que en dicha Resolución jerárquica, no se analizaron ni contrastaron los agravios postulados en la objeción, a más de resolver aspectos no reclamados debido a que: a) No mencionó qué elementos de convicción no hubieran sido correctamente valorados por el Fiscal de materia, cuando acopiados éstos no alcanzan a fundar una imputación; b) Determinó que el error de transcripción del nombre de un vocal por otro, afectaría derechos y garantías, sin hacerlas mención; c) Estableció que debía ejercer mayores esfuerzos investigativos, sin especificar cuáles y su finalidad; y, d) Dispuso que el Fiscal de materia, debía dar valor a cada prueba documental, sin especificar, cuáles las razones y la necesidad para establecer si los imputados participaron en el hecho, cuando lo correcto era que se disponga que se esclarezca el hecho; fundamento que no fue objetado.

En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos denunciados son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para cuyo efecto se desarrollarán los siguientes temas: a) El debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia;         b) La exigencia de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones del Ministerio Público en la valoración de la prueba; y, c) Análisis del caso concreto.