0354/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0354/2019-S3

Fecha: 29-Jul-2019

concedió

El Juez Público de Familia Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01-2019 de 14 de febrero, cursante de fs. 401 a 405, concedió la tutela impetrada, disponiendo la nulidad del Auto de Vista 238, en base a los siguientes fundamentos: a) Las autoridades demandadas equivocadamente afirmaron que sí existe fundamentación en las acusaciones presentadas contra los accionantes, sin considerar que las mismas se encuentran basadas en normativa abrogada; b) No se estableció ninguna tesis normativa concreta de prohibición en el supuesto de incumplimiento de deberes en contrataciones al personal; c) El referido Auto de Vista no se pronunció respecto a la derogatoria del DS 28946 de 25 de noviembre de 2016, tampoco en relación al requerimiento de rechazo de denuncia que si bien luego fue revocado, se emitió informe por parte de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) refiriendo que el costo de conservación de caminos incluye los directos e indirectos; y, d) El Auto de Vista en cuestión es una decisión mutilada, omisa, incongruente y carente de valoración en cuanto a las pruebas, a las partes, al tercero y al instrumento del delito, careciendo de la debida fundamentación por ser esta muy general.