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    AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2019-RCA

    Fecha: 11-Jul-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • 1)
    • improcedente
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • Para los casos de solicitud de complementación, aclaración y enmienda de una decisión judicial o administrativa, el plazo se computara desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace
    • En conclusión, el plazo de seis meses para formular acción de amparo constitucional, se computa desde la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial; y en caso de haberse solicitado complementación y enmienda, desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace
    • II.3.  Análisis del caso concreto

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