Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0199/2019-RCA
Fecha: 11-Jul-2019
Fragmento 1
En revisión la Resolución 120 de 4 de junio de 2019, de fs. 299 a 300 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Veza Chávez contra Nelson Cesar Pereira Antezana, María Anawella Torres Poquechoque, Oscar Freyre Arze, Gualberto Terrazas Ibañez, Silvia Clara Zurita Aguilar, Elisa Sánchez Mamani, José Eddy Mejía Montaño, Pio Gualberto Peredo Claros, Juan Carlos Claros Sandoval y Juan Carlos Orozco Alfaro, todos Vocales de la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- en el entendido de que si la primera acción ya ha sido resuelta por el Tribunal Constitucional, adquiere la calidad de cosa juzgada constitucional, partiendo de que el supuesto de que la problemática planteada por el accionante ya fue examinada, analizada y resuelta en el fondo, mediante sentencia, sea concediendo o denegando la tutela solicitada, tal decisión causa estado y adquiere la calidad de cosa juzgada
- estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo
- Que sean las mismas personas
- v)