La suscrita Magistrada, si bien comparte parcialmente la decisión adoptada en la SCP 0574/2019-S1 de 17 de julio, que resolvió: “
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada, si bien comparte parcialmente la decisión adoptada en la SCP 0574/2019-S1 de 17 de julio, que resolvió: “

Fecha: 17-Jul-2019

Fragmento 2

Sin embargo, la suscrita disiente en cuanto a los fundamentos y análisis de la citada Sentencia Constitucional Plurinacional, porque conforme a la jurisprudencia desarrollada más adelante en el presente voto disidente, la concesión de la tutela debió ser en todo; es decir, que la empresa demandada debió cumplir de forma íntegra la Conminatoria de Reincorporación laboral dispuesta por la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, máxime si la parte accionante gozaba de tutela reforzada por ser una persona con discapacidad, a este efecto se realiza el siguiente análisis: