Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2019-S3
Fecha: 01-Jul-2019
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Juan Laura Chique, Fiscal de Materia, no presentó informe ni se apersonó a la audiencia, a pesar de su notificación cursante a fs. 12, empero, según el acta cursante de fs. 15 a 16, se dio lectura al informe de la autoridad referida, actuado del cual no existe constancia en el expediente remitido al Tribunal Constitucional Plurinacional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto del debido proceso
- III.2. Contenido esencial mínimo del derecho a la vida
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Las y los Fiscales están obligadas y obligados a proporcionar un trato igualitario, digno y humano a las personas que intervienen en la investigación y en el proceso penal, bajo responsabilidad.
- REVOCAR