Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2019-S3
Fecha: 11-Jul-2019
la actuación de los Exvocales demandados
Del supuesto fáctico denunciado por el peticionante de tutela, se tiene que la denuncia se basa en la actuación de los Exvocales demandados, quienes a decir del demandante de tutela, al pronunciar el Auto de Vista impugnado, declararon inadmisible y rechazaron el recurso de apelación incidental que interpuso, cometiendo una ilegalidad; y, pese al memorial de nulidad por actividad procesal defectuosa que presentó argumentando que “…debe tratarse necesariamente la Apelación incidental…” (sic), mediante decreto de 31 de enero de 2019 no respondieron en lo absoluto su denuncia, por lo que “…persiste una ilegalidad manifiesta que incide en [su] libertad que a la fecha se halla amenazada…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación
- III.2. Análisis del caso concreto
- la actuación de los Exvocales demandados
- 1)
- a la libertad física como a la libertad de locomoción
- REVOCAR