SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2019-S3

Fecha: 15-Jul-2019

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Quinta de la Capital del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 03/2019 de 1 de febrero, cursante de fs. 211 a 218 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) La accionante cobró su finiquito respecto al período 2008-2016, para luego firmar dos contratos diferentes, el último por obra desde el 2017 a 2018; b) La parte demandada presentó planillas donde consta que el proyecto tiene saldo cero en presupuesto y que según autoridad competente el avance de obra es del 95%, por lo que indica que debe ser concluido; c) La cláusula quinta del contrato de trabajo por realización de obra o servicio determinado, señala que la vigencia de la relación laboral, estará sujeta y condicionada a los informes técnicos, administrativos y presupuestarios que determinen el inicio, continuidad y cierre del proyecto y obra para la cual fue contratada la trabajadora, además establece que en caso de cumplimiento en la ejecución del servicio determinado y al no ser necesaria la continuidad del trabajo para el cual fue contratada, previo informe técnico administrativo, el vínculo laboral quedará extinguido; y, d) Es evidente que la peticionante de tutela es una persona con discapacidad; sin embargo, conocía los términos y condiciones de su contrato.