SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S3

Fecha: 18-Jul-2019

1)

Vidalia Morales Ávila, Jueza de Ejecución Penal Primera del departamento de Chuquisaca, presentó informe el 8 de enero de 2019, cursante a fs. 12, señalando que: 1) El expediente del impetrante de tutela, fue remitido a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca para la resolución de la apelación por él planteada, por lo que no puede cumplir lo decretado el 8 de igual mes y año; 2) Mediante Auto Interlocutorio 185/2018, se concedió el beneficio de extramuro al accionante, sujeto a reglas y condiciones que debía observar; posteriormente, con la facultad conferida por los arts. 19 y 76 de la  Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), pronunció el Auto Interlocutorio 264/2018 de revocatoria de libertad condicional; y, 3) Ratificó plenamente la precitada Resolución, señalando que el peticionante de tutela no se encuentra indebidamente procesado o privado de libertad, toda vez que se halla cumpliendo una condena impuesta por sentencia condenatoria.