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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S3

    Fecha: 18-Jul-2019

    II.1.

    II.1.           A través de Auto Interlocutorio 185/208 de 3 de julio, emitido por la Jueza de Ejecución Penal Primera del departamento de Chuquisaca -ahora demandada-, se declaró probado el incidente planteado por Bernardo Fabricio Olivera Maiza -accionante-, expidiendo mandamiento de       libertad provisional “‘EXTRAMURO”’ el 5 del mes y año citados (fs. 1 a 3).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • tratándose de la[s] resoluciones pronunciadas dentro de los incidentes de revocatorio de los beneficios de salida prolongada, del extra muro y la libertad condicional, el art. 176 de la [L]ey 2298, ni el [art.] 203 inc. 7) del Código de Procedimiento Penal no
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • denegó
    • II.1.
    • III.
    • III.1.   Sobre el beneficio de extramuro, su revocatoria y los efectos de la   apelación contra dicha determinación
    • 4)
    • en función de la previsión contenida en la última parte del art. 32 de la LEPS, interpuesto el recurso de
    • que tratándose de la resoluciones pronunciadas dentro de los incidentes de revocatoria de los beneficios de salida prolongada, del extramuro y la libertad condicional, el art. 176 de la LEPS, ni el art. 403 inc. 7) del CPP no prevén en forma expresa que el recurso de
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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