SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S3
Fecha: 18-Jul-2019
a)
El accionante a través de su abogado, ratificó y amplió el contenido de la acción de libertad, manifestando que: a) Fue favorecido con la prelibertad de extramuro que posteriormente fue revocado, habiendo la Jueza demandada librado inmediatamente el mandamiento de revocatoria de dicho beneficio, vulnerando de tal manera su derecho al debido proceso vinculado a la libertad, sin tomar en cuenta que la resolución de revocatoria fue apelada en efecto suspensivo y que se encuentra pendiente de pronunciamiento; y, b) La SC 0732/2010-R estableció que las apelaciones que resuelven los incidentes de revocatoria de beneficios de salida prolongada de extramuro y libertad condicional tienen efecto suspensivo, lo que no permite que se ejecute la resolución impugnada mientras no sea resuelta por el Tribunal de alzada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- tratándose de la[s] resoluciones pronunciadas dentro de los incidentes de revocatorio de los beneficios de salida prolongada, del extra muro y la libertad condicional, el art. 176 de la [L]ey 2298, ni el [art.] 203 inc. 7) del Código de Procedimiento Penal no
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- III.
- III.1. Sobre el beneficio de extramuro, su revocatoria y los efectos de la apelación contra dicha determinación
- 4)
- en función de la previsión contenida en la última parte del art. 32 de la LEPS, interpuesto el recurso de
- que tratándose de la resoluciones pronunciadas dentro de los incidentes de revocatoria de los beneficios de salida prolongada, del extramuro y la libertad condicional, el art. 176 de la LEPS, ni el art. 403 inc. 7) del CPP no prevén en forma expresa que el recurso de
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR