SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2019-S3

Fecha: 18-Jul-2019

continuidad

Al respecto y aplicable al presente caso, la SCP 0771/2018-S2 de 15 de noviembre que fundamentó jurídicamente en relación a los principios procesales que deben observarse en la audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, afirmó que el sistema procesal penal boliviano asume la oralidad y publicidad de las actuaciones, en las que las partes se enfrentan con igualdad, y si bien la norma Adjetiva Penal establece el juicio como la etapa central del proceso y no ha previsto expresamente la oralidad en la fase anterior a este; sin embargo, la consideración de las medidas cautelares por mandato legal, se rigen por audiencias en las que se establecen entre otros, los principios de oralidad, concentración y continuidad, que forman una triada donde se apoya el sistema acusatorio a ser aplicada también en la tramitación de las solicitudes de medidas cautelares, obligando su continuación sin mayor dilación, más aun cuando en ese actuado está involucrado el derecho a la libertad física de la accionante, que en el caso esperó se realice la audiencia de cesación de su detención preventiva de 27 de febrero de 2019, desde la petición realizada el 20 del mismo mes y año; empero, fue suspendida sin otorgar razones sustentables, y fijándose una nueva para el 8 de marzo de similar año, existiendo dilación temporal innecesaria, vulnerando con ello la continuidad de actos procesales que es base para la efectiva igualdad de las partes; situaciones indicadas, que no fueron informadas y en su caso rebatidas mediante informe de la autoridad demandada, quien no concurrió a la audiencia, aplicándose por ende la presunción de veracidad desarrollada en el Fundamento Jurídico III.4 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.