SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2019-S3

Fecha: 29-Jul-2019

1)

Marco Ernesto Jaimes Molina y Juan Carlos Berríos Albizu, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, a través de informe escrito, presentado el 9 de enero de 2019, cursante de fs. 3287 a 3289, señalaron: 1) Ante la posible ejecución inmediata del mandamiento de desapoderamiento que alegó el accionante, se aplicó el art. 427 del Código Procesal Civil (CPC), debiendo plantear incidente de oposición ante el juez que conoce el proceso, haciendo valer el título que sustente su posesión; 2) El efecto de la cosa juzgada, no le afecta al accionante porque el Auto Supremo 721/2018 de 27 de julio, comprende a Franz Grover Valverde Padilla (demandante) y Juan Carlos Quiroga Saavedra (demandado), dentro del proceso de reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble y acción negatoria; y, 3) La acción de amparo constitucional, no es la vía correcta para lograr la nulidad hasta la citación con la demanda, debido a que existen otros medios procesales para hacer valer el derecho de propiedad del accionante, por lo que solicitaron denegar la tutela.

Juan Carlos Quiroga Saavedra mediante su abogado, en audiencia señaló: 1) Se adhiere y ratifica toda la prueba y pretensión del accionante; y, 2) Existe otro informe pericial que de forma expresa determinó la sobreposición de los predios de Franz Grover Valverde Padilla, David Iver Soria Ruiz y el suyo, como también de Alba Graciela Verdura Fortuna, Freddy Limpias y otros, entonces está claro que hay otros sujetos procesales afectados en su derecho de posesión y propiedad.