SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2019-S3

Fecha: 31-Jul-2019

a)

Farida Brígida Velasco Alcoser y Juan Carlomagno Arroyo Martínez, Vocales de la Sala Civil y Comercial de Familia Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante informe escrito presentado el 18 de febrero de 2019, cursante de fs. 62 a 73, manifestaron que: a) Desde el inicio del proceso en el que la accionante se constituyó como parte demandante y demandada asumió defensa, llegando a emitirse Sentencia, Auto de Vista y Auto Supremo en el que se confirmó la procedencia de la demanda reconvencional interpuesta en su contra; b) Después de ocho años de estar ejecutoriada la resolución emitida en su contra, la prenombrada interpuso incidente de nulidad de obrados en procura de evitar la ejecución de fallos con el fundamento que el bien inmueble en cuestión lo adquirió por adjudicación municipal, y considera vigente dicha determinación administrativa; y, c) La impetrante de tutela no expuso cómo se habrían lesionado sus derechos, tampoco explicó de qué forma en la tramitación del proceso reclamó la competencia de los jueces de instancia, pretendiendo sin fundamento obtener un pronunciamiento de la jurisdicción constitucional respecto al fondo de las cuestiones que ya fueron resueltas en la vía judicial.