SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2019-S3

Fecha: 31-Jul-2019

i)

i)     “…la parte actora (promotora del incidente que ha dado lugar al presente recurso), en ningún momento, en aquella oportunidad (gestión 2.005) observó la competencia de la autoridad jurisdiccional de primera instancia (juez ordinario); no obstante que para ese entonces la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 2341) estaba en plena vigencia. Es decir, si aquella demandante, estimaba que la autoridad judicial de primera instancia (Juez Instructor en materia civil) no era competente para conocer el presente caso de autos, podía en aquél entonces, vía excepción plantear excepción de incompetencia (art. 336 num. 1) del Cód. Pdto. Civil. Abrog.) o bien vía declinatoria. Sin embargo, transcurridos todos los actuados del proceso, incluso pronunciados Sentencia, Auto de Vista y Auto Supremo, aquella actora ‘no interpuso’ la excepción de incompetencia contra las autoridades que a su turno conocieron el presente caso de autos, consintiendo y convalidando cualesquier defecto procesal…” (sic);