SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
1)
Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Jefe Departamental de Trabajo de La Paz, a través de su representante legal en audiencia señaló que: 1) Ante el despido injustificado de las impetrantes de tutela, se emitió una conminatoria de reincorporación laboral, al no haber demostrado la entidad empleadora ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y menos aún al Tribunal de garantías, que se encuentra en déficit o que no cuente con presupuesto para contratar más profesionales en salud, denotándose la existencia de despidos injustificados; y, 2) Respecto al pago de los beneficios sociales, a partir de la SCP 0047/2018-S3 de 15 de marzo, se estableció que cuando la jurisdicción constitucional disponga el cumplimiento de una conminatoria pronunciada por la Jefatura Departamental de Trabajo, ésta debe acatarse en la totalidad de lo dispuesto y no en parte.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- a)
- 1)
- concedió
- II.1
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la o
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR