Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
Fragmento 2
María Esther Mendoza Rollano, suscribió el contrato de trabajo a plazo fijo Cite: AS.LEG.REG.L.P.-CONT N° 049/2004 de 20 de agosto; posteriormente, luego de un proceso de reclutamiento y selección de personal, mediante la modalidad de convocatoria pública externa, fue designada con el ítem de Procuradora por memorándum CITE: LP-BR-N-1020-06, de 22 de junio de 2006 y por último, después de otro proceso de reclutamiento, a partir de febrero de 2012, obtuvo el cargo de Asistente Legal, cuyo denominativo, fue cambiado en 2017 a “Abogado II”, manteniendo el nivel salarial así como las funciones del Manual de Cargo.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- a)
- 1)
- concedió
- II.1
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la o
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR