SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.3.
II.3. Mediante memorial de 16 de enero de 2019, dirigido a la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primera de la Guardia del departamento de Santa Cruz, el accionante solicitó la remisión inmediata del proceso al Tribunal de Sentencia Penal de turno de dicho departamento, para que prosiga el proceso al haberse presentado una acusación en su contra el 8 de agosto de 2016; petición que mereció el Auto de 17 de enero de 2019, a través del cual la indicada autoridad judicial dispuso la remisión en fotocopias legalizadas de todo el cuaderno procesal, a objeto de resolver la apelación planteada así como del cuaderno original al Tribunal de Sentencia de Penal de turno, toda vez que, existe un requerimiento conclusivo de acusación formal (fs. 64 y vta.; y, 71 a 72).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela al debido proceso mediante la acción de libertad
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión,
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión;
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR