SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante alega la vulneración de su derecho al trabajo, la estabilidad laboral y la reincorporación, porque el 24 de agosto de 2018, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, mediante Memorándum M.A. 74/18 lo privó de su fuente laboral sin explicar los motivos y antes del vencimiento de su contrato, siendo vanos los recursos de revocatoria y jerárquico con los que pretendió revertir su ilegal destitución para ser reincorporado con el pago de salarios y reposición de derechos sociales.
Los antecedes informan que mediante Contratos Individuales de Trabajo a Plazo Fijo 081/2015 de 22 de junio; 010/2016 de 18 de enero, 008/2017 de 11 de enero y 032/2018 de 2 de febrero, Gonzalo Rivera Buitrago –impetrante de tutela– fue contratado por el Concejo del Gobienro Autónomo Municipal de Sucre, para desempeñar funciones como Auxiliar de Contabilidad, Técnico Legal de la Unidad de la Gaceta Municipal del indicado Concejo; Técnico II de misma Gaceta; y, Técnico de la señalada dependencia, respectivamente.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegar
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III.1. La función pública y la carrera administrativa
- Fragmento 10
- III.2. Sobre el régimen laboral de los funcionarios públicos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR