SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2019-S4

Fecha: 02-Jul-2019

concedió

La Jueza Pública de Familia Tercera de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 01/2019 de 31 de enero, cursante de fs. 273 a 285, concedió la tutela solicitada, disponiendo que en el plazo de setenta y dos horas, los miembros del Directorio de la Asociación de Conjuntos Folclóricos 16 de Julio, otorguen una respuesta a la solicitud de informe del resultado de planillas de calificaciones y el cómputo general de los Jurados Calificadores de la entrada de la Virgen del Carmen 2018; asimismo, el Tribunal de Honor de la referida Asociación, deberá responder a solicitud de admisión de la denuncia; bajo los siguientes fundamentos: i) El art. 24 de la CPE, establece una obligación que se extiende a todos los ámbitos como a la Asociación de Conjuntos Folclóricos 16 de Julio, el Tribunal de Honor de dicha Asociación y al Fiscal General, por lo que todas las autoridades e incluso particulares, se encuentran obligados a contestar los requerimientos efectuados oportunamente, sea positivo o negativamente; y, ii) Toda petición presentada debe ser respondida, otorgando una contestación formal, pronta, debidamente fundamentada y dentro de un plazo razonable, poniendo en conocimiento del interesado, hecho que no ocurrió en el presente caso, pues no se dio respuesta a las solicitudes de los accionantes, respecto a la petición de informes de las planillas de calificación y cómputo general de los Jurados Calificadores de la entrada de la Virgen del Carmen 2018, efectuada a la Asociación de Conjuntos Folclóricos 16 de Julio y al Tribunal de Honor de dicha Asociación.