Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.2.
II.2. Mediante Memorándum M.A. 73/18 de 31 de julio de 2018, Luz Rosario López Rojo Vda. de Aparicio, Presidenta y Juana Maldonado Picha, Concejal Secretaria, ambas del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre –hoy codemandadas–, prescindieron de los servicios que desempeñaba el ahora impetrante de tutela como Encargado de Archivo de la Gaceta Municipal, siendo Venturo Calvetty Campuzano notificado con el mismo, el 24 de agosto del referido año (fs. 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- 1)
- I.2.4. Resolución
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función pública y la carrera administrativa
- III.2. Sobre el régimen laboral de los funcionarios públicos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR