SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.6.
II.6. Debido al señalado recurso jerárquico presentado por Venturo Calvetty Campuzano, la Presidenta y la Concejal Secretaria del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, a través de la Resolución Autonómica Municipal 425/18 de 25 de octubre de 2018, resolvieron confirmar la RA 010/2018, quedando vigente el Memorándum M.A. 73/18, (Memorándum de agradecimiento), por haber ingresado el ahora accionante a la entidad edil de forma directa, como personal de confianza “de libre nombramiento y remoción” (sic), conforme disponen los arts. 233 de la CPE; 5 inc. c) y 71 del EFP; y, las Sentencias Constitucionales 0101/2003-R, 0921/2005-R, 1918/2010-R, 0474/2011-R, 1068/2011, 0935/2012 y 1198/2012-R (fs. 12 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- 1)
- I.2.4. Resolución
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función pública y la carrera administrativa
- III.2. Sobre el régimen laboral de los funcionarios públicos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR