Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0484/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
II.2.
II.2. Por Auto de 2 de octubre de 2014, Carlos Emilio Andrade Rengel, Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz -ahora autoridad demandada- ordenó se libre el Mandamiento de Captura contra el accionante, para que cumpla la Sentencia S-008/2008 de 2 de abril, pronunciada dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, por el delito de fabricación, comercio o tenencia de sustancias explosivas, lesiones leves y amenazas (fs. 18 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- i)
- III.1.
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2.
- De la jurisprudencia y normativa precedentemente citada, se concluye que el Estado asume la posición de garante de las personas privadas de libertad y aún de las que se encuentren eventualmente en los recintos penitenciarios, a través de todos sus órganos e instituciones, que están obligadas a velar por el respeto, resguardo, protección y vigencia de sus derechos y garantías, más aún del derecho a la vida.
- Fragmento 16
- III.3.
- CONFIRMAR parcialmente
- a)
- b)
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos