SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.4.
II.4. De acuerdo al Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, cursa la SCP 0431/2019-S4 de 2 de julio (Exp. 27441-2019-55-AL), que resolvió el recurso de acción de libertad interpuesto el 31 de enero de 2019 por Walter Javier Arrazola Mendivil en representación sin mandato de Jefferson Coutinho Severo Rondón –ahora accionante–, contra María Asunta Téllez Viana, Directora Distrital de Migración del departamento de Santa Cruz y Paúl Nemecio Saavedra Mendizábal, Director Departamental de INTERPOL del mismo departamento; que dentro de los antecedentes denunció principalmente la vulneración de sus derechos a la libertad, a la vida, al debido proceso y a la presunción de inocencia; toda vez que, fue retenido por personal de Migración en sus oficinas desde las 15:00 del 30 hasta las 21:00 del 31 de enero de 2019, luego conducido a dependencias de INTERPOL para ser trasladado a la frontera para finalmente ser deportado; en su petitorio el impetrante de tutela solicitó la concesión de la tutela restableciendo las formalidades legales y se disponga su inmediata libertad. Por Resolución 09/2019 de 1 de febrero, el Juez de Sentencia Penal Sexto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, denegó la tutela solicitada por el accionante; fallo que fue remitido en revisión a éste Tribunal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- y evidencia que el recurrente acudió en una segunda oportunidad a la jurisdicción constitucional mediante otra acción de libertad caracterizada por la identidad de sujeto, objeto o pretensión y causa, se halla impedida de ingresar al fondo de uno de los recursos; entendimiento que se sustenta en el hecho de que el recurrente no puede pretender que esta instancia constitucional, que ya emitió un pronunciamiento expreso sobre el mismo problema jurídico, vuelva a considerar el fondo de lo que ya fue demandado y resuelto; contrario sensu, implicaría una innecesaria e irregular duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto;
- Al ser considerada como el medio de defensa que tutela dichos derechos, tiene tramitación sumarísima y su uso debe ser mesurado, evitando su activación de forma reiterada, más aún si coinciden los sujetos activos y pasivos, si son idénticos los argumentos y fundamentos, y si tienen el mismo objeto
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR