SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
MARCO ANTONIO GOLSBEL RAMOS
- “Conforme al fundamento de la resolución venida en impugnación, se afirma que los elementos de prueba obtenidos en la investigación son insuficientes para fundamentar la acusación en contra del imputado MARCO ANTONIO GOLSBEL RAMOS. Para comprobar esta falta de elementos de prueba que permitan sostener que el imputado sea quien acomodó su conducta al ilícito denunciado, se realizó una revisión de los actos investigativos contenidos en el cuaderno de investigaciones, comprobando que evidentemente en la etapa preliminar así como en la etapa preparatoria no existen elementos de convicción, no existe siquiera la entrevista de la víctima que en atención al Principio In Dubio Pro Reo, beneficia al imputado, ante esta falta de elementos corresponde confirmar el sobreseimiento emitido” (sic).
- Conforme el art. 323 del CPP, se faculta al Fiscal de Materia que concluida la investigación podrá decretar de manera fundamentada el sobreseimiento, cuando resulta evidente que el hecho no existió, que no constituye delito o que el imputado no participó en él, y cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación, en el caso de autos se estima que los elementos de prueba son insuficientes para solventar una acusación, porque la prueba acumulada en la etapa preparatoria es insuficiente, por lo que al usar como excluyente de responsabilidad la ausencia de elementos de convicción, la afirmación plasmada en la parte resolutiva de la Resolución de sobreseimiento, resulta correcta de acuerdo a la regla de la sana critica en cuanto a la lógica jurídica.
- Debe tenerse en cuenta que la etapa preparatoria tiene por finalidad acumular elementos de prueba que sirvan para el esclarecimiento de la verdad histórica de los hechos denunciados o querellados, para que se pueda sustentar una acusación, cuando estén reunidos los elementos constitutivos del tipo penal denunciado o de lo contrario sirvan como fundamento para el sobreseimiento, en el caso en análisis, los elementos no son suficientes para buscar el reproche penal en contra del imputado por falta de prueba que no se generó en la etapa preparatoria, resultando la insuficiencia para acusar, por lo que corresponde ratificar la resolución del Fiscal inferior.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación de las resoluciones como garantía del debido proceso
- III.2. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público.
- III.3. Análisis del caso concreto
- MARCO ANTONIO GOLSBEL RAMOS
- estimar
- Fragmento 15
- CONFIRMAR