SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2019-S2

Fecha: 15-Jul-2019

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           Con relación a este tópico, la justicia constitucional ha establecido, a través de sus fallos, entre otros en la SCP 0404/2018-S2 de 3 de agosto, remitiéndose a un anterior entendimiento jurisprudencial que: “La jurisprudencia constitucional contenida en la SCP 0324/2016-S2 de 1 de abril[1], en supuesto similar al caso planteado, en el que el accionante denunció la restricción de su derecho a la libertad, argumentando que la autoridad judicial, no obstante dispuso la extinción de la acción penal por reparación integral del daño, así como su inmediata libertad, se negó a expedir el mandamiento de libertad hasta que no fueran devueltas las diligencias de notificación correspondientes a la víctima y al Ministerio Público; señaló que la extinción de la acción penal, tiene efectos liberatorios, similares a los de la absolución prevista en el art. 364 del CPP, que establece: